Tiempo Argentino. Publicado el 23 de Noviembre de 2011
Cuando un varón ataca a una mujer, o a un ser querido de
ella, lo hace amparado en la creencia de que esa mujer le pertenece y que si no
cumple con sus deseos él tiene derecho a violentarla.
Muchas personas quedamos horrorizadas frente al asesinato de
Tomás Damero Santillán. ¿Es posible tener la crueldad de masacrar a un niño de
esa forma? “¡Sólo un monstruo podría hacer algo así!” es lo primero que
pensamos. Sin embargo, todo indica que estamos frente a un caso muy vinculado
al feminicidio, como fue en agosto el asesinato de Candela Rodríguez, y que más
que extraordinariamente monstruoso, esta muerte revela la personalidad de un
feminicida que planificó con detenimiento sus actos de acuerdo al objetivo de
dañar profundamente a una mujer.
Adalberto Cuello, ex pareja de Susana Santillán –la mamá de
Tomás–, la había amenazado con pegarle “donde más te duele”. Si Cuello es el
asesino, como presume hasta ahora la principal línea de investigación, Tomás
habría sido su víctima directa pero hay otra víctima de este asesinato, Susana
Santillán, a quien Cuello habría castigado con un dolor inconmensurable y
dejándola sumida en un conflicto de dificilísima resolución: el asesino de su
hijo es el padre de su otro hijo bebé.
¿Por qué Cuello habría querido castigar de esta forma a
Santillán? La anécdota dice que porque ella no lo dejaba ver al bebé que tenían
en común debido a que él no pagaba la cuota alimentaria. Frente a eso podríamos
pensar que el tipo está completamente desequilibrado por resolver con una
acción tan violenta y monstruosa el problema. Pero si Cuello fue efectivamente
el asesino, no es un monstruo, sino un varón violento que extremizó el delirio
de poder masculino. Algo que nos permite la teoría de género es comprender que
cuando un varón ataca a una mujer, o a un ser querido de ella, lo hace amparado
en la creencia de que esa mujer le pertenece y le debe obedecer y que si ella
no cumple con el acatamiento de sus deseos él tiene derecho a violentarla para
lograr la sumisión. Es decir que la violencia de un varón hacia una mujer no
forma parte de la historia individual de esa pareja, sino de una estrategia de
dominación que abarca todas las relaciones de género en la sociedad patriarcal
que compartimos. Y la violencia de género –de varones contra mujeres– tiene
características propias que la definen –como el consenso y naturalización
social– pero a su vez está inserta en un contexto más amplio de relaciones
violentas que los varones promueven con su entorno porque fueron educados para
resolver con violencia los conflictos que se les presentan.
Si Cuello es el asesino, no es diferente a Omar Bertozzi, de
46 años, que en enero de 2010 asesinó a golpes en Santa Fe a su hija Carolina
Bertozzi, de 18 meses, en el contexto de una golpiza que incluyó a Liliana
Leva, madre de la nena. Tampoco sería diferente a Martín Torres, que el 2 de
abril de 2010 degolló en Tigre a su hijo Dante Torres, de ocho años, a su ex
mujer Sabrina Cennamo y a Paloma, la beba de seis meses que ella había tenido
con una nueva pareja. En agosto de este año, fueron degollados en Corrientes
Andrea Rodríguez, de 12 años, y Cynthya y Jorge Maldonado, de siete y cuatro;
se sospecha de la ex pareja de la madre. Estos son apenas algunos de los casos
relevados mes a mes en base a la cobertura de los medios de comunicación por el
Observatorio Maricel Zambrano, de la Asociación Civil La Casa del Encuentro.
Como el asesinato de niñas, niños y personas allegadas a las mujeres víctimas
de violencia de género es habitual, en el Observatorio crearon la categoría
específica de “feminicidios vinculados” para nombrarlos.
Quienes conceptualizaron por primera vez la palabra
“femicidio” en los años ’70, Diana Rusell y Jill Radford, lo definieron como la
“forma más extrema del terrorismo sexista”, asesinatos motivados “por el
desprecio, el odio, el placer o el sentido de propiedad” que sienten los
varones hacia las mujeres, y el resultado final de “un continuum de terror”.
Este desprecio y odio hacia las mujeres se manifiesta sobre sus cuerpos o sobre
los de las personas que ellas aman, con el objeto de herirlas. No estamos
frente a monstruosidades excepcionales de varones alterados que merecen más un
instituto de salud mental que una cárcel. Sin duda, tanto las mujeres víctimas de
violencia como los varones victimarios necesitan contención emocional y trabajo
terapéutico para salir de situaciones de violencia y no reiterarlas, pero quien
comete un feminicidio es un delincuente, no un enfermo mental. Por el
contrario, son personas que suelen tener vidas sociales llevaderas y
agradables, y por eso luego el vecindario se pregunta “¿Cómo puede ser que ese
hombre haya asesinado a su esposa si era tan amable?” La psicóloga francesa
Marie-France Hirigoyen dice de los varones violentos: “No presentan ni
dificultades particulares en su vida social, ni un trastorno psiquiátrico
evidente. Todo sucede como si el hecho de polarizar sus dificultades en el
marco de la pareja les permitiera conservar la vida social.”
Pensar a estos varones como monstruos les quita
responsabilidad sobre los hechos, lo cual contribuye al consenso y
naturalización social de la violencia de género. Hace falta visibilizarlos como
varones extremadamente violentos, capaces de actos que quizá no cometerían la
mayoría, pero cuya raíz de dominación y desigualdad si nos involucran a todas
las personas. Se trata de varones violentos y asesinos, sin excusas.
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Polémico fallo que beneficia a un femicida
Tiempo Argentino. Publicado el 3 de Agosto de 2011
La Cámara de Casación bonaerense le concedió prisión domiciliaria a un hombre
de 70 años que mató a su mujer y la enterró en el patio.
Un tribunal rebajó la condena de un hombre que asesinó a
golpes y palazos a su esposa y la enterró en el fondo de la casa que compartían
pese a estar separados. El trato supuestamente humillante que la mujer le
propinaba es una “circunstancia extraordinaria de atenuación” de la condena.
Entonces, el “homicidio agravado” ya no tiene pena de prisión o reclusión
perpetua, sino una más leve, en este caso 15 años de cárcel y, como se trata de
un hombre de 70 años, el encierro debe cumplirlo en su casa. Es decir, en el
mismo escenario donde asesinó a su esposa y enterró el cadáver en el patio del
fondo.
La Cámara de Casación bonaerense, el principal tribunal penal provincial, en un
fallo dividido, redujo la condena de un hombre que entre las 21 y las 23 del 11
de diciembre de 2004 asesinó a su mujer. Para los jueces Víctor Violini y
Daniel Carral, el trato que la mujer le dispensaba a su marido precipitó la
reacción: “Múltiples golpes de puño, varios golpes con un objeto contundente en
el rostro, región anterior al cuello, región superior del tórax y finalmente la
estrangulación”, por lo tanto, la conducta asumida por el marido “respondió sin
dudas a impulsos emocionales relacionados al turbado enlace familiar existente,
el cual –incluso– presentaba vestigios de una significativa historia patológica
vincular”.
Marido y mujer no eran tales. Vivían en la misma finca, en
Defensa 26 de San José, Partido de Lomas de Zamora, pero dormían en cuartos
separados por decisión de ella. “La relación conyugal entre víctima y
victimario hacía tiempo que se hallaba finiquitada sin perjuicio de no haberse
instrumentado en debida forma los trámites necesarios para obtener una
sentencia de divorcio vincular. Ambos cónyuges habitaban espacios distantes por
un patio y dentro de un mismo predio –de común acuerdo– por más de diez años”,
sostiene la sentencia.
Él se sentía “desatendido” y por eso –según se justificó–
inició un vínculo paralelo. “La decadencia del enlace matrimonial se corrobora
a partir del hecho de que el acusado mantuviera otra relación sentimental con
una mujer que traía a la vivienda que él mismo habitaba… existieron en el
particular ciertos episodios insoslayables de poder excepcional con relación a
las circunstancias preexistentes y concomitantes al delito, que –desde un punto
de vista psíquico–, han influido en el accionar delictivo perpetrado”, dijo el
voto mayoritario.
“Yo trabajaba 20 horas por día, trabajaba en fábricas y
después hacia changuitas de jardinería, de albañilería y cosas de herrería. Yo
tenía una estanciera con la que iba a la feria a vender cosas y ella no quería
venir…, ella no me cocinaba, nada, y entonces me tuve que buscar una concubina
para que me ayudara. Yo le decía que ella no me atendía y por eso busqué
alguien con quien entenderme. Ella se cagaba de risa de mí, siempre la contra,
siempre la contra”, se quejó el condenado durante el juicio.
El Tribunal Oral Nº 6 de Lomas de Zamora lo condenó a perpetua y lo mandó a una
cárcel común. La Casación corrigió ambas situaciones: 15 años y a la casa.
Sin embargo, el tercer integrante del tribunal, el juez
Ricardo Borinsky, resaltó su disidencia con esa suerte de benevolencia para con
el septuagenario. Recordó el relato de la hija de la pareja sobre la mortal
discusión: “Se produjo cuando la madre fue a reclamarle porque le había sacado
las rejas protectoras, que según unos vecinos el hombre las llevó hasta la
esquina, desde donde fueron subidas a una camioneta, y entonces la mató.”
Además, subrayó que la violencia era moneda corriente entre ambos: “Dice la
hija de ambos que ella mantenía a la víctima a quien su progenitor
siempre amenazó con matarla, además de ponerle corriente al lavarropas,
chapitas en la cerradura a fin de impedirle el acceso, y golpearla hasta con
palos, haciéndole perder parcialmente la audición.”
“Es mi parecer que las circunstancias que rodearon el homicidio no son de
atenuación”, completó Borinsky en su solitario voto.
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Página 12, 3 de agosto de 2011
Una perpetua a quince años
El hombre la había golpeado y luego ahorcado, enterrando el
cuerpo. Lo condenaron a perpetua y ahora la Casación bonaerense redujo la pena
a 15 años. Consideró atenuante que no existía vida de pareja. Por ser mayor de
70 años, le dieron detención domiciliaria.
No hace falta ser adivino para predecir que un fallo de la
Sala III de la Casación bonaerense desatará polémicas. El tribunal resolvió reducir
a 15 años la condena a perpetua a un hombre de 70 años que en diciembre de 2004
había matado a su mujer ahorcándola, luego de golpearla a puñetazos y con un
objeto contundente, para luego enterrar su cadáver en el jardín. La
argumentación del voto mayoritario fue que el vínculo había quedado roto desde
hacía una década y la mala relación de pareja actuaban como atenuantes que no
habían sido considerados en la sentencia. También por dos votos la Sala III
decidió otorgar la detención domiciliaria por tratarse de un mayor de 70 años.
El femicidio ocurrió entre las nueve y las once de la noche
del 11 de diciembre de 2004, en el interior de una casa de la calle Defensa, en
la localidad de San José, partido de Lomas de Zamora. El hombre, a quien el
tribunal denominó como V.V., “le aplicó múltiples golpes de puño y con un
objeto contundente a la persona de su cónyuge, A.D.S., ocasionándole diversas
fracturas costales y múltiples lesiones. Asimismo lleva a cabo una
estrangulación manual, ocasionándole con ello el óbito. Posteriormente ocultó
el cuerpo en un lote cercano...”.
El Tribunal Oral Nº 6 de Lomas de Zamora condenó al acusado
a cadena perpetua. El caso llegó a la Sala III de Casación bonaerense,
integrada por los jueces Daniel Carral, Ricardo Borinsky y Víctor Violini.
Carral fue el encargado de desarrollar el primer voto y fue quien revisó los
atenuantes que solicitaba la defensa. Rechazó uno de ellos, el que sostenía que
debía enmarcarse como preterintencional, es decir, que pretendía golpear a la
víctima, pero no provocarle la muerte. “Nótese que, conforme se desprende del
veredicto condenatorio, el argumento esencial señalado por el a quo radica en
que la mecánica del deceso importó múltiples golpes de puño, varios golpes con
un objeto contundente en el rostro, región anterior al cuello, región superior
del tórax y finalmente la estrangulación; lo cual a las claras denota que no se
trató en la especie de un accidente sino que, palmariamente, el propósito del
sujeto activo era ultimar a la damnificada.” Y además, después ocultó el
cadáver.
Carral consideró la presencia de “extremos atenuantes de la
figura agravada de homicidio”. “Efectivamente, la relación conyugal entre
víctima y victimario hacía tiempo que se hallaba finiquitada sin perjuicio de
no haberse instrumentado en debida forma los trámites necesarios para obtener
una sentencia de divorcio vincular (...)” y por el “hecho de que ambos cónyuges
habitaban espacios distantes por un patio y dentro de un mismo predio –de común
acuerdo– por más de diez años. A su vez, la decadencia del enlace matrimonial
se corrobora a partir del hecho de que el acusado mantuviera otra relación
sentimental con una mujer que traía a la vivienda que el mismo habitaba, lo
cual fue detallado expresamente por R.V. sin que el causante negara dicha
ligazón”.
También consideró como atenuante excepcional que tomó la
situación psíquica por la que pasaba V.V., quien declaró que “(...) yo
trabajaba veinte horas por día (...). Cuando ella se fue a Italia, le pagué
todo. Cuando volvió, estaba enojada. Al tiempo, yo perdí un poco la vista, ella
no me cocinaba, nada, siempre la contra (...). Yo le decía que ella no me
atendía y por eso busqué alguien con quien entenderme. Ella se cagaba de risa
de mí (...)”. Carral consideró que la actitud del imputado “respondió sin dudas
a impulsos emocionales relacionados con el turbado enlace familiar existente,
el cual incluso presentaba vestigios de una significativa historia patológica
vincular”. Al considerar Carral que el vínculo era en los hechos inexistente,
dejó de lado el agravante por el vínculo. Y los atenuantes excepcionales que
consideró llevaron al juez a votar la reducción de la pena a 15 años, y la
detención domiciliaria por la edad.
Violini aprobó el voto, pero estuvo en contra de la
detención domiciliaria. Borinsky, en cambio, estuvo de acuerdo con la detención
domiciliaria, pero rechazó la atenuación, considerando que el voto de sus
colegas se sostenía en considerar comprensible la pérdida de respeto a su
cónyuge por las circunstancias que vivía la pareja, y agregó que “si, como dice
la hija de ambos, ella mantenía a la víctima a quien su progenitor siempre
amenazó con matarla, además de ponerle corriente al lavarropas, chapitas en la
cerradura a fin de impedirle el acceso y golpearla hasta con palos, haciéndole
perder parcialmente la audición, y la occisión se produjo cuando la madre fue a
reclamarle porque le había sacado las rejas protectoras, que según unos vecinos
V. llevó hasta la esquina, desde donde fueron subidas a una camioneta, y
entonces la mató, es mi parecer que las circunstancias que rodearon el
homicidio no son de atenuación”.
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Un debate sobre la penalización del femicidio
Página 12 el 10 de Febrero de 2011
JURISTAS, LEGISLADORES Y MILITANTES FEMINISTAS DIFIEREN
SOBRE LA EFICACIA DE AGRAVAR LAS PENAS
En el Congreso ya hay un proyecto para considerar como
agravante de homicidio el crimen de una mujer mediante violencia de género.
Mientras algunos defienden la propuesta, otros creen que, donde se aplica, no
se ha comprobado su eficacia.
Por Mariana Carbajal
La violencia machista se manifestó en forma dramática en los
últimos días con una sucesión de mujeres jóvenes quemadas por novios, esposos o
ex cónyuges. Desde el movimiento de mujeres, algunas ONG reclaman la
tipificación del femicidio como figura autónoma del Código Penal. Ayer, la
diputada Cecilia Merchán (Libres del Sur) presentó un proyecto de ley en ese
sentido. La iniciativa crea, entre otros cambios, un nuevo agravante para los
casos de homicidio: fija la pena máxima de reclusión o prisión perpetua cuando
un hombre mata "a una mujer mediante violencia de género". El castigo
es el mismo que para los casos de homicidio agravado por el vínculo, de modo
que si el asesino es pareja de la víctima también se le agravaría la pena
aunque no estuviera casado con ella. Algunos países latinoamericanos como
Guatemala, Costa Rica, Chile y El Salvador han incorporado ya la figura del
femicidio en sus ordenamientos legales, con diferencias en su redacción y
resultados diversos. Aquí, la propuesta ya despertó polémica. Página/12
consultó a especialistas para adelantar un debate que pronto llegará al
Congreso.
No hay acuerdo entre académicos y juristas especializados en
género sobre la conveniencia de crear una figura penal para sancionar el femicidio.
Algunos piensan que la discusión podría desviar el foco, dado que no está
probado que sea una medida efectiva para reducir el número de homicidios
provocado por la violencia hacia las mujeres. Otras voces, en cambio, piensan
que sería una señal positiva hacia la sociedad para frenar la impunidad con la
que se cometen estos crímenes y daría un mensaje a fiscales y magistrados, que
suelen no creer a las mujeres que denuncian violencia de género, para que tomen
medidas de protección a tiempo, antes de que terminen asesinadas.
Merchán reconoce que su propuesta puede provocar polémica y
aclara que debería tomarse como un elemento más de una batería de medidas para
enfrentar el problema de la violencia de género. "La presentación es un
hecho más bien político. Es una forma de visibilizar el tema", explicó a
Página/12. "Estamos preparando, además, un protocolo de actuación judicial
para los casos de femicidio", adelantó. ¿Qué dice el proyecto de Merchán?
- En los casos de
homicidio, agrega a la lista de agravantes enumeradas en el artículo 80 del
Código Penal -con pena de reclusión o prisión perpetua- "al que matare a
una mujer mediante violencia de género, cuando ésta fuere ejercida por un
hombre".
- Además anula la
posibilidad de que en los casos de homicidio agravado por el vínculo se puedan
aplicar atenuantes para fijar la pena (como la "emoción violenta") si
medió violencia de género. Así busca evitar que los jueces suavicen las condenas
a femicidas que alegan, por ejemplo, que reaccionaron acuchillando o disparando
a su esposa porque se enteraron de que les había sido infiel o quería dejarlos
por otro.
- En los casos del delito
de lesiones, plantea que cuando sean producidas por "violencia de género",
siempre se aplique la pena máxima prevista.
El proyecto de Merchán no incorpora la palabra femicidio al
Código Penal. Sólo aparece en el título del proyecto. El término femicidio
surgió en la academia norteamericana para denunciar la expresión más extrema de
la violencia machista. De todas formas, no hay acuerdo en su definición:
algunas incluyen todos los asesinatos que tiene una motivación sexual -aun
aquellos cometidos por desconocidos-. Otras los limitan a los homicidios
cometidos por el cónyuge o ex pareja. Esa diferencia está plasmada en las
distintas legislaciones que han incorporado el femicidio en América latina en
los últimos años.
La abogada chilena Patsilí Toledo Vázquez, que está
realizando en Barcelona un doctorado sobre las leyes de femicidios
latinoamericanas, explicó a Página/12 que las normas sancionadas por Costa Rica
(2007) y Chile (2010) se refieren a relaciones de pareja, es decir, si una
chica es violada y aparece muerta no se considera como femicidio; las de
Guatemala (2008) y El Salvador (2010), en cambio, son más amplias y alcanzan a
los asesinatos, ya sean ejecutados por conocidos o desconocidos de la víctima.
Susana Chiarotti, abogada del Comité de América latina y el
Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), no está convencida
sobre la conveniencia de tipificar el femicidio. "Tenemos la figura de
homicidio agravado por el vínculo, por la cual, si se aplicara la debida
diligencia en las investigaciones policiales y judiciales y no se aplicaran
estereotipos discriminatorios, tendríamos gente condenada y no existiría el
patrón de impunidad actual. Las fallas no están en las figuras penales, sino en
otra parte del proceso", consideró. Para despejar las dudas, desde Cladem
convocaron a cuatro expertas de México, Panamá, Perú y Bolivia para que
analicen si es conveniente tipificar el femicidio. El 17 y 18 de marzo se
reunirán en Buenos Aires.
Para Chiarotti la prioridad debe ser "la implementación
de políticas públicas de prevención, la atención adecuada a denuncias previas
de malos tratos, servicios de asesoramiento a las mujeres maltratadas;
políticas hacia los medios de comunicación; campañas y cambios curriculares en
educación". Y agregó: "El Derecho Penal llega tarde. Las mujeres ya
murieron".
En la misma línea se expresa la abogada Natalia Gherardi,
directora ejecutiva del Equipo de Justicia y Género (ELA), quien se manifiesta
en contra de la creación de este tipo penal. "El femicidio es una
categoría de análisis interesante y útil. Pero extrapolarla a una categoría
jurídica tiene muchos problemas, y a un tipo penal más todavía", indicó.
Tampoco le parece positiva la tipificación del femicidio a la fiscal Mónica
Cuñarro, profesora adjunta de la UBA en Derecho Penal y Criminología.
"Muchas veces se impulsan reformas a una ley penal con buena intención,
pero no se obtienen las consecuencias deseadas", advirtió.
Una de las ONG que impulsan la creación de nueva figura
penal es Casa del Encuentro. Sus directivas, Fabiana Tuñez y Ada Beatriz Rico,
argumentaron que la iniciativa apunta a impedir que "se utilice
abusivamente la figura de la emoción violenta para cubrir la situación de
violencia extrema bajo el ropaje de un desborde de los sentidos". Es que
"son numerosos los casos de homicidios conyugales imputados a varones en
los que los tribunales aplican circunstancias de atenuación, aun cuando hay
constancias de violencia conyugal", indicó la abogada y diputada Marcela
Rodríguez (Coalición Cívica). Llegó a esa conclusión después de una investigación
en la que analizó 160 sentencias. Para la diputada, una reforma legal oportuna
sería extender el agravante por el vínculo a otras relaciones interpersonales
en el ámbito familiar para alcanzar a los novios y convivientes.
El abogado Víctor Abramovich, secretario ejecutivo del
Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur (IPPDH) y ex
relator de la CIDH sobre derechos de las mujeres, también expresó dudas sobre
la tipificación. "Es necesario profundizar otras líneas de acción en la Justicia,
como el trabajo con unidades especiales en los ministerios públicos fiscales,
la posibilidad de que ONG puedan actuar como querellantes; las medidas de
prevención, como las exclusiones del hogar, los albergues, los sistemas de
vigilancia, que suelen funcionar mal en casi todos lados", enumeró.
Abramovich señaló que en un estudio de la CIDH se detectó que un porcentaje
alto de mujeres muertas tenía ya alguna medida cautelar en ejecución o había
dado aviso previo a la autoridad pública, policial o fiscal. "En esa fase
previa al crimen es donde hay que poner la prioridad. El cambio de tendencia en
las tasas de violencia depende del éxito de las políticas sociales y culturales
de mediano plazo que apunten a revertir estereotipos y patrones de machismo y
discriminación, incluso en el propio sistema judicial", concluyó.
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Crímenes de mujeres
Clarín - 24/10/10
Las señales que nadie ve. Según cifras
extraoficiales, unas 80 mujeres fueron asesinadas este año por sus parejas o
sus ex. Representan el extremo de un fenómeno grave y no siempre advertido: el
de la violencia doméstica.
Sólo en las primeras tres semanas de octubre hubo cinco
casos de mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas. En lo que va de este
año, Clarín ya publicó 25 crímenes con estas características, pero se sabe que
hay muchos más que no llegan a los medios. Las cifras de una ONG especializada
en el tema indican que en el primer semestre de 2010 hubo 126 femicidios y al
menos 80 de ellos fueron “femicidios íntimos” (aquellos en los que el asesino
es la pareja actual o la previa). Lejos de la idea del desborde emocional
repentino o de discusiones en las que se perdió el control, la historia de
estos casos revela ataques ejecutados de forma sostenida a lo largo de meses,
años y hasta décadas: procesos de violencia verbal y física cuyo punto final, a
veces, es la muerte.
Mirta Schossler (30) había conocido a Daniel Aguirre (34)
cuando era una adolescente. Eran del mismo pueblo de Misiones. Cuando ella
cumplió los 17 se fueron a vivir juntos, y en 2005 se mudaron a Buenos Aires
con sus hijas porque él consiguió trabajo como portero en un edificio de Barrio
Norte. Las peleas eran muy comunes y las reconciliaciones, igual de frecuentes.
“En uno de sus viajes a Misiones –recordaría luego su abuela Josefa–, Mirta me
contó que él la maltrataba, pero después ya no mencionó el tema”.
Igual, las agresiones siguieron. El martes 16 de febrero de
2010, ella lo denunció en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema
de Justicia y abandonó la casa junto a sus hijas. Al hombre le fijaron una
cuota alimentaria y le prohibieron estar a menos de 200 metros de Mirta y las
nenas.
Cuando una semana después la mujer fue al edificio donde
había vivido con él a buscar sus cosas, Daniel Aguirre apuñaló a uno de los
policías que la custodiaban, la degolló y luego se quitó la vida. Los vecinos
del lugar comentarían luego que el hombre “parecía normal”, que “era divino”.
“Los agresores en contextos de violencia doméstica suelen
ser muy seductores. Dominan la relación de pareja y someten a su mujer en la
intimidad, pero hacia afuera parecen caballeros y educados”, explica Analía
Monferrer, a cargo de la oficina especializada de la Corte. Esta dependencia
comenzó a trabajar en septiembre de 2008, y desde entonces ha recibido 13.700
denuncias: en el 85% de los casos, el agresor era lapareja o la ex pareja.
“El círculo de violencia se repite en las clases bajas,
medias o altas. Sucede un hecho violento, la mujer se aleja, luego viene un
período de reconciliación y luna de miel, hasta que algo vuelve a provocar
tensión y eso lleva a otro hecho violento. El ciclo puede durar una hora, un
día, una semana o varios meses, aunque los momentos críticos son durante la
separación y en los embarazos, cuando muchos agresores temen perder el rol
central en la vida de la esposa”, explica Monferrer.
Lucía Heredia, psicóloga de la Comisaría de la Mujer de
Tigre y de Malvinas Argentinas, dice que las señales previas a una agresión son
comunes a mujeres de cualquier situación social. Y a veces esto da pie
situaciones de comedia. “Es impresionante trabajar con grupos de mujeres que
sufren o sufrieron violencia doméstica. Cuando hablan entre ellas se ríen y
dicen: ¿Te pregunta si te fuiste con tu macho? Pero te juro que eso mismo dice
mi marido, si hasta usa las mismas palabras”.
Si bien cada historia es particular, Heredia afirma que las
alarmas previas suelen ser más o menos las mismas y pueden aparecer durante los
noviazgos. “Empiezan como acusaciones flagrantes de infidelidad. De ahí, la
cosa continúa en ascenso, interrogatorios de tipo policial con hombres que
mantienen a una mujer despierta durante toda la noche. Muchas no lo cuentan
porque hay una cultura de lavar trapitos sucios en casa. Pero además los
hombres que ejercen violencia suelen cortar los vínculos de sus mujeres: ése
también es otro indicador clave”.
Las Comisarías de la Mujer se crearon en 1989 y fueron una
de las primeras respuestas de política pública de la Argentina frente a la
violencia sexista. Un año antes, el 14 de febrero de 1988, el tema había pasado
a primer plano con el asesinato de Alicia Muñoz a manos el ex boxeador Carlos
Monzón, que la tiró del balcón de la casa que alquilaban en Mar del Plata. “En
realidad, las mujeres siempre fueron a comisarías cuando las golpeaban, pero no
había respuestas. La reacción del policía era: Para qué vas a investigar, si
después ellas vuelven con ellos. En los últimos años se nota la variación de
edad entre quienes piden ayuda. En 1994, la media era de 45 años, con 25 de
convivencia. Ahora vienen más jóvenes y esto tiene que ver con una mayor
conciencia del problema y, también, con una mayor autonomía”.
Hoy por hoy, señala la abogada Marcela Rodríguez, muchos
procesos de violencia doméstica (incluidos los que acaban en homicidio) se
estancan en el período de instrucción. “Esto pasa en todos los delitos, pero
acá es peor, los hechos suelen darse puertas adentro, sin testigos”. Rodríguez
está trabajando en una investigación que revisa unas 150 sentencias judiciales
de casos de homicidios agravados por el vínculo, fueran novios, cónyuges o
parejas.
“En el artículo 80 del Código Penal, sobre homicidios
agravados por el vínculo, se impone una condena a prisión perpetua, pero en el
último párrafo se habla de atenuación si existen circunstancias
extraordinarias. Lo curioso es cómo, al mencionar circunstancias
extraordinarias, se filtran prejuicios machistas”, asegura.
Rodríguez pone como ejemplo un expediente emblemático: “Hay
un caso en Neuquén, que finalmente quedó en tentativa, en el que un hombre
ahorca a su mujer con un alambre, le golpea la cabeza con una piedra, la mete
en el baúl del auto y se entrega en la comisaría sin darse cuenta de que seguía
viva. En la sentencia, hablaban de un acto sádico pero no asesino. Y
mencionaban una infidelidad como atenuante. Eso es puro sexismo: ni ser infiel
ni ser mala madre son atenuantes en un caso de homicidio”.